Este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida en fecha treinta y uno (31) de marzo de 2014, la abogada en ejercicio HAIDELINA URDANETA HERRERA, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte querellante, sociedad mercantil HOTEL KRISTOFF, C.A.; contra la decisión dictada por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA; en fecha 28 de marzo de 2014; en el juicio que por QUERELLA INTERDICTAL RESTITUTORIA, siguen la sociedad mercantil HOTEL KRISTOFF, C.A.; contra los ciudadanos MÓNICA NATALIA KRISTOFF HERNAEZ y ANTHONY CHARLES KRISTOFF; todos antes identificados.
SEGUNDO: NULIDAD de la sentencia interlocutoria dictada por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA ISNTANCIA EN LO CIVIL, M.....