Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
1. CON LUGAR, la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoada por el ciudadano JOSE GREGORIO PALMAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.600.215 y domiciliado en esta ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, en contra de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA.
2. SE CONDENA, a la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA, al pago de la cantidad de CINCO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 5.880.000,00) o lo que es lo mismo CINCO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA BOLIVARES FUERTES (Bsf. 5.880, 00).
3. SE ORDENA oficiar al BANCO CENTRAL DE VENEZUELA, a los fines del cálculo de la indexación monetaria solicitada por el a.....