Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO propuesta por la ciudadana YOSABETH BEATRIZ CALDERA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 7.966.168, domiciliada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, Asistida en este acto por el Abogado en ejercicio, ciudadano, ALBENIS ALIRIO CALDERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 274.809, en contra del ciudadano, NELSON ENRIQUE FREITES CUMARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 4.707.565, domiciliado el Municipio Cabimas del Estado Zulia, conforme a lo establecido en el Artículo 185 del Código Civil y el criterio de la sentencia Nº 1.070 de la Sala Constitucional de.....