PRIMERO: INADMISIBLE el Recurso de Nulidad interpuesto por ZULIATUR, S.A, en contra del Admisión de la denuncia y el Acta de Ejecución de Reenganche y Pago de Salarios Caídos, de fecha 02 de Marzo y 5 de Abril de 2016, dictada por la Inspectoría del Trabajo "Dr. Luís Homez" del Municipio Maracaibo estado Zulia en el expediente No. 042-2016-01-00385.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, dada la naturaleza del fallo.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines previstos en los ordinales 3° y 9° del Artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.