DISPOSITIVA
En merito de las anteriores consideraciones esta Jueza Tercera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud incoada por la ciudadana Gladys Gómez de Rivas, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nros. V.- 2.164.967 en beneficio de sus sus nietos los hermanos identidad omitida Así se Establece.
SEGUNDO: Se AUTORIZA a la ciudadana Gladys Gómez de Rivas, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nros. V.- 2.164.967, para que ceda los derechos que le corresponden sobre el lote de terreno N° 3 ubicado en el sector Oripuey, caserío Gómez, Municipio Díaz del Estado Nueva Esparta, distinguido con el N° Catastral 7303, de fecha 23 de abril de 2001, N° 12, Tomo 2, fol.....