Por las razones anteriormente expuestas este TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, SECCIÓN ADOLESCENTES, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, en atención a lo dispuesto en los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 548 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, RESUELVE: PRIMERO: Se declara sin lugar el decaimiento de la medida de Prisión Preventiva, contenida en el articulo 581 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por una medida menos gravosa contenida en el numeral 3 del articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, en cumplimiento de la decisión dictada por la Corte Superior, Sección Adolescentes con competencia en materia de delitos de violencia contra las mujeres, con sede en este estado, en fecha 08 de junio del año en curso, en la presente causa seguida al adolescente (IDENTIDAD.....