Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA DE OFICIO LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA de conformidad con lo dispuesto en los artículos 267 ordinal 1º y 269 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio de RESOLUCIÓN DE CONTRATO seguido por JOSÉ LUIS REYES GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-8.351.507, domiciliado en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil ELECTROREFRIGERACIÓN, C.A., inscrita en el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el 16 de octubre de 1996, bajo el N° 20, tomo 3-A en contra del ciudadano CARLOS ALFREDO PIÑERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-17.586.085, de igual domicilio. No hay condenatoria en .....