El Tribunal deja constancia que de la revisión de las actas que conforman la presente causa, no observo en autos las declaraciones de únicos y universales herederos de los ciudadanos PETRONILA VELASQUEZ de FERNANDEZ, MIGUEL ANGEL FERNANDEZ VELASQUEZ y TRINO JOSE FERNANDEZ VELASQUEZ. Y así se establece.
Ahora bien establecido el orden de suceder, deben hacerse previamente a la presente solicitud, las declaraciones de únicos y universales herederos de los ciudadanos premuertos antes mencionados, a fin de cumplir con las disposiciones legales que rigen la materia.
Con vista a los razonamientos anteriores, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Improcedente la solicitud de UNICOS Y UNIVERSAL.....