declara:
a) APROBADO Y HOMOLOGADO, el convenimiento celebrado entre los ciudadanos JOHEL PEÑALOZA Y MARBELIS SANTOS OLIVARES, antes identificados; en consecuencia, le da el carácter de cosa juzgada.-
b) El progenitor se compromete a entregar la cantidad de Cien Bolívares (Bs. 100,oo) quincenales, los cuales comenzará a suministrar a partir del día sábado treinta (30) de mayo, mediante recibo firmado por la progenitora como señal de cumplimiento. Asimismo se compromete a partir de este momento y en lo sucesivo a cubrir la mitad de los gastos extras tales como: asistencia médica, medicinas, vestuario y otros, e igualmente para la época escolar, pago de inscripción, pago de matricula escolar, uniformes, transporte etc., de la misma manera en la época decembrina, el progenitor se compromete a entregarle a la progenitora la cantidad de Quinientos Bolívares (Bs. 500,oo), para cubrir las necesidades materiales y espirituales. En cuanto al pago por vacaciones laborales que le corresponda a.....