Mediante resolución se procedió a revisar la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, decretada en contra del ciudadano: JHONNY JOSE JIMENEZ VASQUEZ, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, declarando sin lugar la solicitud de los defensores quienes requirieron la sustitución de la citada medida, y consecuencialmente se acordó mantener la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad decretada al referido ciudadano en su oportunidad legal.