DISPOSITIVA:
Este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Con fundamento en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, CONDENA al ciudadano: LUIS RAMON BARBOZA GUERERE, de nacionalidad venezolano, natural de Santa Bárbara de Zulia, Estado Zulia, de 38 años de edad, nació el 12-12-1965, de estado civil soltero, sin oficio definido, hijo de Gladis Margarita Guerere de Barbosa y de Luis Antonio Barbosa Urdaneta, titular de la Cédula N° V-10.685.800, y residenciado en la calle 3, casa N° 16-12, Barrio La Carmela, Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia; a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y UN (01) MES DE PRESIDIO, por la comisión del delito de: VIOLACION EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 375 Ordinal 1° del derogado Código Penal Venezolano (Ahora 374), en concordancia .....