Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR EL ARTÍCULO 185-A DEL CÓDIGO CIVIL, propuesta por los ciudadanos JOSÉ ENRIQUE ZABALA COBARRUBIA y NELLY JOSEFINA CASTRO MATOS, venezolanos, mayor de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-4.665.639 y 4.709.720, respectivamente, domiciliada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, asistidos por el Abogado en ejercicio CARLOS ALBERTO ZABALA P., e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 198.3447, en consecuencia queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL por ellos contraído el día 16 de Noviembre de 1990, ante el la Registradora Civil de la Parroquia Rómulo Betancourt, Municipio Cabimas del Estado Zulia, dejándose expresa constancia que los ciudadanos antes identifi.....