DISPOSITIVO
En virtud de los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA:
PRIMERO: MEDIDA AUTÓNOMA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA, A LA BIODIVERSIDAD Y AL AMBIENTE, sobre el predio rustico denominado LOS CEDROS, ubicado en el asentamiento Campesino Zona Norte, carretera Panamericana, sector El Guamo, Parroquia Carlos Quevedo, Municipio Francisco Javier Pulgar del estado Zulia, el cual consta de una cabida aproximada de DOSCIENTAS VEINTISÉIS HECTÁREAS CON SEIS MIL CIEN METROS CUADRADOS (226 Has con 6100 mts²), y se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: con propiedad de Pedro Molina y en parte con propiedad de la sucesión Reimi; SUR: Con propiedad de Dora Josefina Dugarte; ESTE: Con propiedad de la sucesión Reimi, con propiedad de Héctor Salas .....