JUZGADO OCTAVO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS propuesta por los ciudadanos JAVIER ENRIQUE SEMPRUN PRIETO y YULIMAR ELENA MANZANERO UZCATEGUI, y en consecuencia, DISUELTO el MATRIMONIO CIVIL, contraído el día diecinueve (19) de diciembre del año dos mil ocho (2008), por ante el Director de Jefaturas Civiles, del Municipio Jesús Enrique Lossada del Estado Zulia, según Acta de Matrimonio acompañada a las actas en copia certificada signada con el No. 210.