DEISIÓN: DECLARA: 1) INADMISIBLE el recurso de apelación formulado por la ciudadana YELITZA LUCRECIA PARRA VALBUENA; 2) REVOCA el auto de fecha 28 de enero de 2014, que oye el recurso de apelación contra la sentencia de fecha 14 de enero del año en curso, dictada por la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a cargo del Juez Unipersonal Nº 3. 3) NO HAY condenatoria en costas por el carácter de la decisión.