Este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: El desistimiento del procedimiento debido a la no comparecencia del demandante WILFREDO NUÑEZ ampliamente identificado en actas, y en consecuencia declara terminado el proceso, se ordena notificar de la presente decisión a la Procuradora General de la República Bolivariana de Venezuela a los fines legales subsiguientes, Publíquese, Regístrese, ofíciese , déjese copia certificada.
EL JUEZ
CARLOS SILVESTRI
LA SECRETARIA
MARIALEJANDRA NAVEDA
LOS APODERADOS JUDICIALES DE LA
DEMANDADA CANTV.