En base a los argumentos anteriormente expuestos y de conformidad con lo establecido en el artículo 602 y 603 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la oposición a la MEDIDA incoado por la ciudadana YENIREE ROSAS FIGUEREDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.312.906, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 241.469, dictada por este Juzgado en fecha 14 de Octubre del 2022; oposición a la medida decretada a favor de la ciudadana ZULY DARLING VIVAS TOLOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.015.412, quien se encuentra representada por los ciudadanos YUDITH DARLLIN VIVAS TOLOZA y RAFAEL ANTONIO ROJAS HURTADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N.....