DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente acción de DESALOJO DE VIVIENDA, interpuesta por el Abg. ILBER JOSÉ MELENDEZ CUEVAS, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 257.236, en representación de los ciudadanos MONICA GRACIELA PATRIGNANI DE KOZAK y ALDO ANDRÉS CLEMENTE KOZAK, extranjeros, mayores de edad, titulares de la C.I. N° 81.943.310 y 81.943.903, respectivamente; contra el ciudadano REINALDO ANTONIO GONZALEZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la C.I. N° 17.171.382, sobre un (01) inmueble destinado al uso de vivienda familiar, que está ubicado en la carrera 18 entre avenida Vargas y calle 19, de la Parroquia Catedral, del Municipio Iribarren, del estado Lara, constituido por un lote.....