Por los razonamientos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR PARCIALMENTE la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO intentada por la ciudadana BIENVENIDA DEL CARMEN GONZÁLEZ DE RAMOS, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-7.666.713 con domicilio en esta ciudad de Cabimas del Estado Zulia, en contra del ciudadano LEONARDO DE JESÚS CARMONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-7.730.193, de igual domicilio. SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria se ordena el desalojo de la segunda pieza o local habitacionales ubicado en el Barrio Campo Alegre, Calle Santa Teresa, Nº 76, jurisdicción del Municipio Autónomo Cabimas del Estado Zulia, dotado de todos los servicios públicos y en perfe.....