DISPOSITIVO
Con fundamento a las consideraciones expuestas en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS MACHIQUES DE PERIJÁ Y ROSARIO DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en MACHIQUES, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
? Consumado el acto procesal del convenimiento celebrado entre las partes en este juicio por COBRO DE BOLÍVARES E INTIMACIÓN seguido por el abogado JOSÉ GREGORIO HÓMEZ CHACÓN, en procuración de la empresa INVERSIONES JACOBGINA, C.A., contra el ciudadano LODOVICO MITRI DI LELLO y habiendo sido en consecuencia revisado todos los extremos legales, SE DECLARA HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO CELEBRADO EN ESTE JUICIO, en consecuencia le imparte su aprobación y pasado en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitiva.
? Ratifica la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada y ejecutada en este juicio, sobre un inmueble propiedad del de.....