Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la querella interdictal de amparo a la posesión incoada por el ciudadano ANGEL DE JESUS POLANCO VILLASMIL en contra del CONDOMINIO EDIFICIO 1-J DEL PARQUE RESIDENCIAL LA VEGA., todos identificados en la parte narrativa de este fallo.
SEGUNDO: LA FIRMEZA del decreto de amparo provisional acordado por este Tribunal el día 13 de octubre de 2014, en atención a la posesión que ejerce el ciudadano ANGEL DE JESUS POLANCO VILLASMIL sobre un inmueble constituido por un puesto de estacionamiento que tiene entrada por la calle principal, en el lote H, entre los edificios 1-H, 1I Y 1-J, ubicado en el último puesto entrando por la avenida 56 en el sentido este-oeste, o lo que es lo mismo, el primer puesto de estacionamiento oeste-este, en la parte.....