Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de Privación de Patria Potestad incoada por la ciudadana YURAIMA JOSEFINA PINTO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de Identidad Nº V-9.455.182, debidamente ASISTIDA por la Fiscal Octava del Ministerio Público en Materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial Abg. Angélica Pérez Herrera; en contra del ciudadano FABIO MORRIS AVILA, colombiano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº E-81.646.668, por demostrarse la causal "G" del Artículo 352 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, el ciudadano FABIO MORRIS AVILA, q.....