Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en el juicio de ENTREGA MATERIAL seguida por la ciudadana MIRTHA JOSEFINA PEREZ DE PIÑA, en contra de la ciudadana MARIBEL DEL ROSARIO OROÑO MILLANO., declara:
• SIN LUGAR, la actividad recursiva ejercida contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de los Municipios Cabimas, Santa Rita y Simón Bolívar, de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 16 de enero de 2013, y en consecuencia,
• Queda de esta manera CONFIRMADO el fallo apelado.
En virtud de lo decidido, no se condena en costas procesales.
Regístrese y Publíquese. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código .....