PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos FREDDY ANTONIO BRICEÑO MEDINA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad No. V-14.823.227 y MAIVELINE DEL CARMEN LEAL VERA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad No. V-15.985.459, domiciliados en esta Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial contraído el día 9 de Agosto de 2003, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia El Carmelo del Municipio Autónomo La Cañada de Urdaneta del Estado Zulia, como se evidencia de Acta No.16.
Se deja constancia expresa, que los ciudadanos antes identificados manifestaron, que no procrearon hijos ni adquirieron bienes comunes durante el matrimonio.