CON LUGAR la solicitud de conversión de Separación de Cuerpos por mutuo consentimiento en Divorcio, requerida por los ciudadanos: YULEIMA DEL CARMEN DELGADO MEDINA y JOSE ALBERTO ZACARIAS VILLALOBOS, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-7.839.774 y V-7.844.235, respectivamente, domiciliados en el Municipio Cabimas del estado Zulia, asistidos por los Abogados en Ejercicio HERNAN FIGUEROA AGUILERA y ELILIBETH ALFONZO MEDINA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 34.521 y 112.202, respectivamente.
b) DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que estos contrajeron por ante la Prefectura del Municipio Autónomo Cabimas del estado Zulia, en fecha Veintinueve (29) de Septiembre del año Dos Mil (29-09-2.000), según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio No. 215.
c) En relación a la Custodia, así como también en lo relativo a la Obligación de Manutención y el Régimen de Convivencia Familiar, se acoge lo acordado por las .....