Por lo fundamentos de hecho y de derecho antes expuesto este JUZGADO DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CONDENA al acusado EDUARDO JOSÉ OLIVEROS HERNÁNDEZ quien manifestó ser y llamarse como queda escrito, Venezolano, natura de Maracaibo del Estado Zulia de 20 años de edad, nacido el 03-05-1983, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.046.837, de profesión u oficio estudiante, estado civil soltero, residenciado en la Urbanización el portal del lago, casa N° 67, avenida Fuerzas Armadas, Maracaibo, Estado Zulia
, Maracaibo, Estado Zulia a cumplir la pena de UN AÑO Y DOS MESES DE PRISIÓN por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES GRAVES previsto y penado en el articulo 417 del Código Penal Venezolano; conforme al PROCEDIMIENTO POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS previsto en el articulo .....