Este tribunal vista la anterior exposición, acuerda de conformidad, en consecuencia se declara secuestrado el inmueble en el que nos encontramos constituidos y lo pone en posesión del ciudadano Albert Pérez, antes identificado, libre de bienes y de personas, quien lo recibe conforme para su guarda y custodia. El cerrajero hizo entrega al tribunal de cuatro juegos de llaves, las cuales fueron entregadas a la parte actora. Se fijó el correspondiente Cartel de Notificación en la puerta principal del inmueble secuestrado. En este estado la parte demandada, ciudadano Abderrahim Moutaraji, antes identificado, expone: Solicito del tribunal me sean entregadas mis pertenencias personales a los fines de evitar que las mismas sean llevadas a una Depositaria Judicial, las cuales quedan bajo mi riesgo y responsabilidad. Es todo. Terminado el acto del traslado y cumplida la misión del tribunal, acuerda regresar a su sede natural, siendo las Dos Post-Meridiem.