En fecha 27 de Febrero de 2026, el ciudadano ERMEN ANTONIO VILORIA SALAS, suficientemente identificado; asistido por el abogado EDIXON JAVIER DE JESUS BALLESTEROS MORALES, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 314.752; solicita se le declaren las anteriores diligencias Título Suficiente que acrediten los derechos de propiedad y posesión que tiene, sobre unas mejoras y bienhechurías consistentes en un lote de terreno propiedad de la Municipalidad del Municipio Baralt del Estado Zulia, ubicado El Sector Los Barrosos, Avenida 100, Parroquia Pueblo Nuevo, Municipio Baralt del Estado Zulia, cuya superficie es de Doscientos Tres Metros Cuadrados (203 Mts. 2), comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: Linda con Avenida 100; Sur: Linda con propiedad que es o fue de Rafael Melendez; Este: Linda con terreno que es o fue propiedad de Victor Lugo y; Oeste: Linda Con construcción que es o fue propiedad de Magalis Rojas.- Por cuanto las anteriores actuaciones están acreditadas con las declaraciones juradas rendidas por los ciudadanos Alexander José Gutiérrez Álvarez y Rafael Ramón Meléndez Álvarez; por ante éste Juzgado en fecha 20 de Mayo de 2023, de Plano Topográfico, así como también se ofició al Alcalde del Municipio Baralt del Estado Zulia y al Sindico Procurador Municipal del Municipio Baralt del Estado Zulia, quienes no emitieron observación alguna sobre el particular.- En consecuencia, este Tribunal con la facultad que le confiere el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores diligencias Titulo suficiente para asegurar los derechos de propiedad que tiene el ciudadano ERMEN ANTONIO VILORIA SALAS, supra identificado sobre las mejoras antes expresadas, dejando a salvo expresamente los derechos de terceros.- Devuélvanse estas actuaciones en original, dejándose copia certificada para su archivo.-


El Juez Provisorio:
Abog. Carlos A. Lucena G.

La Secretaria:
Abog. Norelys V. Olivera M.


En la misma fecha se devuelve constante de _____________________________________(____) folios útiles y se dejó copia certificada.-



La Secretaria:
Abog. Norelys V. Olivera M.