Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2026-000229P
PARTE ACTORA: MARTHA FERRER
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: Andrés Vargas
PARTE DEMANDADA: HOSPITALIZACION CLINICO C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Daniel Urdaneta
MOTIVO: Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.

En el día hábil de hoy, 22 de Junio de 2026, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen la parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece al ciudadano ex trabajadora la cantidad de: de dos millones ciento cuarenta y tres mil quinientos cinco ( Bs. 2.143.505) a través de una transferencia bancaria a su favor; a la cuenta que ella misma ha proporcionado, para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar en este acto, de la cual se deja constancia, en el expediente. En este estado la parte demandante y el apoderado actor aceptaron lo ofrecido libre de presión y con la facultad legal correspondiente. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Las partes presentan escrito constante de catorce (14) folios el cual se ordena agregar al expediente. Se deja expresa constancia de la devolución de las pruebas aportadas al proceso, a las partes.


El Juez

La Secretaria

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes