Sent. 57-2026
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo, Catorce (14) de Abril de 2026
215° y 167°
En vista de haber sido cumplido, lo ordenado por este Tribunal, en auto de fecha Diecisiete (17) de Marzo del 2026, conforme a sus facultades, y a objeto de pronunciarse sobre la solicitud presentada por la ciudadana DECIDERIO JESUS DIAZ DAVALILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.-13.781.742 domiciliado en el Municipio Autónomo de Maracaibo del estado Zulia, debidamente asistido por el abogado ALEX DAVID AGUILAR AGUILAR. inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 330.562, actuando en nombre propio y en beneficio de los ciudadanos PAUL JOSE DIAZ DAVALILLO, PATRICIA COROMOTO DIAZ DAVALILLO, PEGGY MARIELY DIAZ DE CASANOVA, PAOLA BEATRIZ DIAZ DAVALILLO, PIERINA DESIREE DIAZ DAVALILLO, PENELOPE MASSIEL DIAZ DAVALILLO Y MANUEL ALEJANDRO DIAZ DAVALILLO, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-12.694.729, V.-10.443.088, V.-10.443.089, V.-12.620.569, V.-13.781.741, V.-14.916.347 y V.-14.916.348 respectivamente, domiciliados en el Municipio de Maracaibo del Estado Zulia, Solicita se le declare suficiente los derechos que tienen, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante, DICIDERIO DIAZ CONTRERAS, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.-1.693.551, quien falleció en fecha Siete (07) de Diciembre del 2025, en el Municipio Libertador del estado Merida. El solicitante Consigno: 1.- Copia del Acta de Defunción del de cujus ciudadano DICIDERIO DIAZ CONTRERAS, Acta No.377, de fecha Ocho (08) de Diciembre del 2025, emitida por la Comisión de Registro Civil y Electoral de la Parroquia Mariano Picon Salas, Municipio Libertador del estado Merida. 2.- Copia simple del Acta de nacimiento del ciudadano DECIDERIO JESUS DIAZ DAVALILLO, emitida por la Comisión de Registro Civil y Electoral de la Parroquia Coquivacoa, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, de fecha Catorce (14) de Febrero de 1978, Acta Nro.442. 3.- Copia Simple del acta de Nacimiento del ciudadano PAUL JOSE DIAZ DAVALILLO emitida por la Comisión de Registro Civil y Electoral de la Parroquia Coquivacoa, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, de fecha Veinticuatro (24) de Marzo de 1977, Acta Nro.824. 4.- Copia Simple del acta de Nacimiento de la ciudadana PATRICIA COROMOTO DIAZ DAVALILLO emitida por la Comisión de Registro Civil y Electoral de la Parroquia Coquivacoa, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, de fecha Siete (07) de Octubre de 1971, Acta Nro.2909 5.- Copia Simple del acta de Nacimiento de la ciudadana PEGGY MARIELY DIAZ DE CASANOVA emitida por la Comisión de Registro Civil y Electoral de la Parroquia Coquivacoa, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, de fecha Treinta y Uno (31) de Mayo de 1973, Acta Nro.1389, 6.- Copia Simple del acta de Nacimiento de la ciudadana PAOLA BEATRIZ DIAZ DAVALILLO emitida por la Comisión de Registro Civil y Electoral de la Parroquia Coquivacoa, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, de fecha Veintiuno (21) de Abril de 1975, Acta Nro.1204, 7.-Copia Simple del acta de Nacimiento de la ciudadana PIERINA DESIREE DIAZ DAVALILLO emitida por la Comisión de Registro Civil y Electoral de la Parroquia Coquivacoa, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, de fecha Ocho (08) de Febrero de 1979, Acta Nro.495, 8.-Copia Simple del acta de Nacimiento de la ciudadana PENELOPE MASSIEL DIAZ DAVALILLO emitida por la Comisión de Registro Civil y Electoral de la Parroquia Coquivacoa, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, de fecha Nueve (09) de Marzo de 1981 Acta Nro.650, 9.- Copia Simple del acta de Nacimiento del ciudadano MANUEL ALEJANDRO DIAZ DAVALILLO emitida por la Comisión de Registro Civil y Electoral de la Parroquia Coquivacoa, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, de fecha Nueve (09) de Marzo de 1981 Acta Nro.651, 10.- Copia de acta defunción de la de cujus ciudadana NANCI DEL CONSUELO DAVALILLO DE DIAZ Acta No.152, de fecha Cuatro (04) de Julio del 2022, emitida por la Comisión de Registro Civil y Electoral de la Parroquia Montalban, Municipio Campo Elias del estado Merida, 11.-Copia del Acta de Matrimonio Nro.302 celebrado entre los causantes ciudadanos DECIDERIO DIAZ CONTRERAS y NANCI DEL CONSUELO DAVALILLO DE DIAZ, emitida por la comisión de registro civil y electoral de la Parroquia Cacique Mara Municipio Maracaibo del Estado Zulia, 12.-Copias de las cedulas de identidad de los del cujus DICIDERIO DIAZ CONTRERAS y NANCI DEL CONSUELO DAVALILLO DE DIAZ y los ciudadanos DECIDERIO JESUS DIAZ DAVALILLO, PAUL JOSE DIAZ DAVALILLO, PATRICIA COROMOTO DIAZ DAVALILLO, PEGGY MARIELY DIAZ DE CASANOVA, PAOLA BEATRIZ DIAZ DAVALILLO, PIERINA DESIREE DIAZ DAVALILLO, PENELOPE MASSIEL DIAZ DAVALILLO Y MANUEL ALEJANDRO DIAZ DAVALILLO. Titulares de la cédula de identidad Nº V.- 1.693.551, V.- 1.696.037, V.- 13.781.742, V.-12.694.729, V.-10.443.088, V.-10.443.089, V.-12.620.569, V.-13.781.741, V.-14.916.347 y V.-14.916.348. Ahora Bien, este Tribunal en fecha, Doce (12) de Marzo de 2026, recibe de la unidad de recepción y distribución la presente solicitud, constante de Veinticuatro (24) folios útiles, signada con el numero TMM-536-2026, posteriormente en fecha Diecisiete (17) de Marzo de 2026, este Tribunal le dio entrada a la presente solicitud y numero expediente, e instó a al solicitante a consignar original o copias certificadas de las actas de defunción de los causantes DECIDERIO DIAZ CONTRERAS y NANCI DEL CONSUELO DAVALILLO DE DIAZ , copia certificadas de las actas de Nacimientos de los ciudadanos DECIDERIO JESUS DIAZ DAVALILLO, PAUL JOSE DIAZ DAVALILLO, PATRICIA COROMOTO DIAZ DAVALILLO, PEGGY MARIELY DIAZ DE CASANOVA, PAOLA BEATRIZ DIAZ DAVALILLO, PIERINA DESIREE DIAZ DAVALILLO, PENELOPE MASSIEL DIAZ DAVALILLO Y MANUEL ALEJANDRO DIAZ DAVALILLO y consignar copias fotostática de las cedulas de identidad de los testigos que rendirán declaración en la presente solicitud.
En fecha Veintitrés (23) de Marzo de 2026 se recibió Poder Apud-Acta del ciudadano DECIDERIO DIAZ conferido a los Abg. ALEX AGUILAR y Abg. SENOVIA URDANETA,
En lo anterior la Suscrita Secretaria de este Tribunal lo certifica.
Asimismo en lo anterior se recibió diligencia del Abg. ALEX AGUILAR Apoderado Judicial consignando lo instado en auto por este Tribunal.
En fecha Veintisiete (27) Marzo del 2026 se recibió diligencia del Abg ALEX AGUILAR Apoderado Judicial consignando copia certificada del Acta de defunción de la causante NANCI DELCONSUELO DAVALILLO DE DIAZ y copia certificada del acta de Matrimonio celebrado entre los causantes DECIDERIO DIAZ CONTRERAS y NANCI DEL CONSUELO DAVALILLO DE DIAZ.
En fecha Siete (07) Abril del 2026 el Tribunal dicto auto fijando fecha y hora para tomar la declaración de los testigos indicados por la solicitante.
En la misma fecha se recibió diligencia del Apoderado Judicial solicitando la sustitución del testigo ciudadano OSWALDO COVA por el ciudadano RICHARD AGUILAR
En fecha Diez (10) de Abril del 2026 el Tribunal dicto auto ordenando testar folios cuarenta y tres (43) y cuarenta y cuatro (44) en la solicitud.
En lo anterior lo certifica la Secretaria de este Tribunal.
Asimismo en lo anterior rindieron testimonio los ciudadanos RICHARD ANTONIS AGUILAR GOVEA, titular de la cédula de identidad No. V.- 9.761.979 y ANGELICA ANTONIA MORALES GONZALEZ, titular de la cédula de identidad No. V.- 7.760.846.
Ahora bien, por cuanto la presente solicitud, no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, se ADMITE por cuanto ha lugar en derecho, motivo por el cual se hacen las siguientes consideraciones:
PRIMERO: Con estos documentos y dejando a salvo los derechos de terceros, conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, el cual establece lo siguiente:
“Si se pidiere que tales justificaciones o diligencias se declaren bastantes para asegurar la posesión o algún derecho, mientras no haya oposición, el Juez decretará lo que juzgue conforme a la ley, antes de entregarlas al solicitante, o dentro del tercer día, si esta petición se hubiere hecho posteriormente a la primera diligencia; quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros. El competente para hacer la declaratoria de que habla este artículo es el Juez de Primera Instancia del lugar donde se encuentren los bienes de que se trate.”, que por resolución No. 2009-0006 de fecha 18 de Marzo de 2009, Emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en Gaceta Oficial No. 39.152 de fecha 2 de abril de 2009, la competencia sobre la materia fue atribuida a los Juzgado de Municipios o Categoría C.
SEGUNDO: De un análisis de los documentos acompañados se constató la filiación existente entre el solicitante, sus coherederos y la causante; por lo que esta Juzgadora considera que al estar llenos los extremos de Ley; encuentra ajustada a derecho la presente solicitud de declaración de Únicos y Universales Herederos. Por lo tanto, por los fundamentos expuestos: Este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara suficientes los derechos que tienen los ciudadanos: DECIDERIO JESUS DIAZ DAVALILLO, PAUL JOSE DIAZ DAVALILLO, PATRICIA COROMOTO DIAZ DAVALILLO, PEGGY MARIELY DIAZ DE CASANOVA, PAOLA BEATRIZ DIAZ DAVALILLO, PIERINA DESIREE DIAZ DAVALILLO, PENELOPE MASSIEL DIAZ DAVALILLO Y MANUEL ALEJANDRO DIAZ DAVALILLO, Titulares de la cédula de identidad Nº V.-13.781.742, V.-12.694.729, V.-10.443.088, V.-10.443.089, V.-12.620.569, V.-13.781.741, V.-14.916.347 y V.-14.916.348 como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante DECIDERIO DIAZ CONTRERAS titular de la cedula de identidad No. V.- 1.693.551. Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo, a los Catorce (14) días del mes de Abril de 2026- Años 215° de la Independencia y 167° de la Federación.
Devuélvanse los documentos originales y déjese copia certificada de los mismos para que repose en los archivos de este Tribunal, así como expedir las copias certificadas solicitadas..
La Jueza Provisoria,
Abg. MARIA IDELMA GUTIERREZ VILLARREAL.-
La Secretaria,
Abg. KARINA HEREDIA GONZALEZ.-
En la misma fecha fueron devueltos los documentos originales solicitados, dejándose copia certificada de los mismos en los archivos del Tribunal, conforme a lo ordenado.
La Secretaria,
Abg. KARINA HEREDIA GONZALEZ.-
SOL. 2073-2026.
MIGV/KHG/yam.-
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