NTE:ELEAL LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 7.717.276, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el °139, actuando en su propio nombre, domiciliada en la ciudad y municipio MaraciboO, venezolano, mayor de edad, titular de lmbre de 202
SENTENCIA: ERLOCUTPEZA DE MEDIDA
a de la SOCIED con la letra B.
miento y la vía de la causalida
(Omissis…)
“…La certeza cautelar no descansa pues e la plen cviccióno certeza absoluta de la procedencia de la reclamación principal sino en la probabilidad real de que la sentencia de fondo acoja la referida reclamación, sin que sea xigible la prueba completa y detallada del hecho que le da nacimiento al derecho cuya satisfacción se pretende, por ende, basta que existe la firma manifestación de indicios que develen la procedencia de l


“…El contenido del expediente No. 49.856/MG demuestra de maneraexhaustiva y documentada mi intervención profesional para reclamar mis honorarios profesionales, acreditando las actividades jurídicas realizadas y el derecho legitimo al cobro de los mismos, derivado del ejercicio de mis funciones comosidad del fallo cuyo resultado práctico de la ejecución posterior al mismo; en tanto que en las medidas cautelares anticipatorias y satisfactivas, el peligro reside en la situación de hecho en la que se encuentra el solicitante de la medida...”.

Ahora bien, respecto de la capacidad de decisión del Juez en el decreto de las medidas preventivas, la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia de fecha 27 de julio de 2004, ratificada posteriormente en sentencia de fecha 21 de junio de 2005, estableció la siguiente doctrina:
ntes por lo menos en forma aparente, quedando el sentenciador impedido de suplir la carga de la parte de exponer y acreditar sus argumentos. Si faltan esos elementos de conambas
Las medida cautelar solicitadaplmiento de del fallo (periculum in mora), lo cual, impone el rechazo de la pretensión cautelar deducida. ASI SE
Así mismo, teniendo en consideración que el juez tiene las más amplias facultades para la verificación de los presupuestos procesales, en virtud de ser un simple análisis de verosimilitud o de presunción, donde el mismo, en todo caso, deberá emplear su prudente arbitrio y las máximas de experiencias, razón por la cual considera este sentenciador que tZamora) y con frente también a la avenida 7 (antes Vargas), la superficie delRADOS CON NOVENTA Y SIETE CENTIMETROS CUADRADOS (79,97Mts2), comprendido dentro los siguientes linderos: NORTE: linda con calle 97; SUR: con propiedad que es o fue de INES BRACHO, casa numero S/N; ESTE: linda con avenida 8; y OESTE: con propiedad que es o fue de NATALI BANFI, casa numero 9-27; este inmueble pertenece a la SOCIEDAD MERCANTIL VARIEDADES SANTA BARBARA C.A., según documento de propiedad debidamente protocolizado por ante el Registro Publico Del Primer Circuito Del Municipio Maracaibo Del Estado Zulia, en fecha nueve (09) de julio de 2013, quedando inserto bajo el numero 2010.3185, asiento registral número 2 del inmueble matriculado con el numero 479.21.5.434, correspondiente al libro del folio real, del año 2010. ASI SE DECIDE.-
III.
DISPOSITIVO

Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Adminisrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
PRIMERO: NIEGA LA SOLICITUD DE MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, peticionada por la abogada en ejercicio ELBIS MARINA LARREAL LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.717.276, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°183.579, actuando en su propio nombre, domiciliada en la ciudad y municipio Maracaibo del estado Zulia
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzganta y un (31) días del mes de marzo del año dos mil veinticinco (2025). Años: 214º de la Independencia y 166º de la Federaci
M.S
En la misma fecha, siendo las doce de la tardelnegis