ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2024-000159P
PARTE ACTORA: ROBINSON ENRIQUE ACOSTA VERA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ALVARO PRADA
PARTE DEMANDADA: SUSERTRA, C.A
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: ALEXANDER OCANTO y CIRO SOTO
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

Hoy, 13 de Agosto de 2024, siendo las 10:00 AM día y hora fijado para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, comparecieron, por ante este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, el ciudadano ROBINSON ACOSTA ci: 28.110.409 y su representación judicial el Abg. ALVARO PRADA, inscrito por ante el Inpreabogado bajo el Nro.195.972, así mismo comparece la demandada, SUSERTRA, C.A, a través de su representación judicial los Abg. ALEXANDER OCANTO Y CIRO SOTO, Inscritos por ante el Inpreabogado bajo el No. 148.316, No. 261.493, dándose así inicio a la audiencia. Donde de mutuo acuerdo han convenido en celebrar transacción, con el fin de evitar un eventual litigio, conviene en que la demandada SUSERTRA, C.A, le cancela al ciudadano, ROBINSON ACOSTA ci: 28.110.409, La cantidad de CUATRO MIL BOLIVARES CON 00/100 CENTIMOS (Bs.4.000, 00), mediante transferencia a su cuenta bancaria, cuenta corriente VENEZUELA N° 0102-0345-7700-01207831. La parte actora acepta recibirla para cubrir con todos y cada uno de los conceptos reclamados; Ahora bien, visto lo acordado por las partes, vista previa mediación positiva de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y por cuanto el acuerdo celebrado no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni las normas de orden público, por lo que ambas partes solicitan se homologue el acuerdo celebrado y se le dé el carácter de cosa juzgada por lo tanto da por concluido el proceso. Este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL DE LAS PARTES, Se da por terminada la presente causa, se ordena el archivo definitivo del expediente y su remisión al archivo judicial. Así se decide.
La parte demandada consigna copia simple de la transferencia bancaria.

LA JUEZ
Abg. WINDYS MORALES




LOS PRESENTES EL SECRETARIO.
Abg. FREDDY ALVARADO