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jueves, 28 de mayo de 2015
RESOLUCIÓN N 002-2015
Resolución mediante la cual se restablece el horario laboral regular de todos los funcionarios que laboran en los Tribunales de la Jurisdicción del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en sus diferentes competencias.
RECTORÍA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE
NUEVA ESPARTA
LA ASUNCION
RESOLUCIÓN N 002-2015
La Jueza Rectora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, actuando según las atribuciones que le confiere la Ley:
CONSIDERANDO
Que el Poder Ejecutivo dictó medidas para enfrentar la situación que se presenta a nivel nacional en materia de energía eléctrica, y que los Órganos y Poderes del Estado deberán decretar un Plan de uso eficiente y de Ahorro de la Energía, por lo tanto la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, dicto Resolución N° 2015-0009, de fecha 29 de Abril del 2015, a los fines de tomar las medidas necesarias para el uso racional y adecuado del servicio de energía eléctrica, entre los cuales estableció un horario provisional de labores comprendido de 08:00 a.m a 01:00 p.m, como medida temporal generada por la situación coyuntural a nivel nacional en materia ambiental y de energía eléctrica.
CONSIDERANDO
Que la Junta Directiva del Máximo Tribunal, emite Resolución N° 2015-0082, de fecha 21 de Mayo del presente año, mediante el cual resolvió el restablecimiento del horario laboral regular, visto la disminución del consumo de energía eléctrica durante la vigencia de la medida antes señalada, se ha apreciado un alivio en las condiciones climáticas, así como se tiene prevista la implementación de medidas alternativas de ahorro energéticos.-
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.-: El restablecimiento del horario laboral regular de todos los funcionarios que laboran en los Tribunales de la Jurisdicción del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en sus diferentes competencias.
ARTÍCULO 2.-: Jueces, juezas, en sus diferentes categorías; secretarios, secretarias, asistentes, alguaciles, coordinadores y coordinadoras, archivistas, abogados asistentes, auxiliares administrativos y cualquier otro funcionario o funcionaria que se encuentre laborando dentro de esta Institución Judicial desempeñarán sus funciones en el horario habitual de trabajo establecido por la Institución.
ARTÍCULO 3.-: Se exhorta a los Jueces, las Juezas, Coordinadores y Coordinadoras y Jefes de Áreas, continuar velando por el correcto y racional uso del sistema eléctrico, por lo que culminada la jornada laboral deben quedar apagados TODOS los equipos de computación (incluyendo los reguladores de voltaje), luces de las oficinas y despachos, aires acondicionados, etc.
ARTÍCULO 4.-: Se acuerda la publicación de la presente Resolución en la página Web Regional del Tribunal Supremo de Justicia. Así mismo, se ordena remitir copia de la presente Resolución a todos los órganos integrantes del Sistema de Justicia y se ordena la publicación de la misma en un lugar visible de las Unidades de Recepción y Distribución de Documentos de los Circuitos Judiciales de Protección del Niño, Niña y del Adolescente y del Circuito del Trabajo, así como en los Archivos, en las Carteleras y puertas de acceso de todos los Tribunales Civiles y Agrario. Notifíquese a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura y a la Dirección Administrativa Regional, de lo aquí resuelto.
ARTÍCULO 5.-: El incumplimiento de alguna de las normas aquí establecidas, dará origen a las sanciones disciplinarias a que haya lugar.
Regístrese, publíquese y cúmplase.- En la Ciudad de La Asunción, a los veintiséis (26) días del mes de mayo del año dos mil quince (2015).- Años: 205° de la Independencia y 156° de la Federación.-
DIOS Y FEDERACION,
BETTYS LUNA AGUILERA
JUEZA RECTORA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO
DE NUEVA ESPARTA
Autor:
RECTORIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA
Fecha de Publicación:
28/05/2015
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