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miércoles, 18 de febrero de 2015
RESOLUCIÓN No. 002-2015
Quien suscribe, DRA. ISMELDA RINCÓN OCANDO, Jueza Rectora de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, designada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en sesión celebrada el día 21 de octubre de dos mi nueve (2009), notificada mediante oficio Nº CJ-09-1989, de fecha veintidós (22) de octubre de dos mil nueve (2009), y juramentada el día veintiocho (28) de octubre de dos mil nueve (2009), considerando:
I
Que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece en su artículo 87 el derecho y deber que toda persona tiene de trabajar, por lo cual el Estado garantizará la adopción de las medidas necesarias a los fines de que toda persona pueda obtener ocupación productiva, que le proporcione una existencia digna y decorosa y le garantice el pleno ejercicio de dicho derecho.
II
Que en fecha veintitrés (23) de enero de dos mil quince (2015) la Dirección Administrativa Regional del estado Zulia emitió oficio número DSJ-DAR-ZULIA-00116-2015, en la cual se informa la falla estructural que aqueja a la Sede Judicial Edificio Arauca, en la cual se encuentran ubicados los Juzgados Primero al Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutores de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco, tal y como ha quedado asentado en el informe técnico de inspección levantado por la Unidad de Apoyo Técnico de Infraestructura y suscrito por el Ingeniero Melvin Castillo adscrito a la Dirección Administrativa Regional, mismo que fue verificado personalmente por el Ingeniero Elías Rondón adscrito a la Dirección General de Infraestructura de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura.
III
Que la falla estructural que aqueja a la Sede Judicial Edificio Arauca compromete la seguridad y resguardo de los funcionarios adscritos a las dependencias judiciales allí asentadas, quienes desempeñan su labor en procura de la correcta administración de justicia.
IV
Que es deber del Poder Judicial proveer de una sede digna tanto para trabajadores como usuarios y público en general, a fin de garantizar el derecho constitucional de acceso a la justicia tal y como está establecido en el artículo 26 de nuestra Carta Magna.
VI
Que en el año dos mil tres (2003) fue adjudicado por FOGADE al Tribunal Supremo de Justicia, la Sede Judicial Torre Mara (antiguo Banco Mara), donde funcionan actualmente cuatro (4) Tribunales de Primera Instancia Civiles Multicompetentes, cinco (5) Juzgados de Municipio Ordinario y Ejecutores de Medidas, dos (2) Juzgados Superiores Civiles, un (1) Juzgado Superior Contencioso Administrativo, un (1) Juzgado Superior Contencioso Tributario, un (1) Juzgado de Primera Instancia Agrario, un (1) Juzgado Superior Agrario, el Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Zulia con sede en Maracaibo, oficinas de la Dirección Administrativa Regional y el Departamento de Seguridad; sin embargo, se cuenta con espacio suficiente para albergar tribunales nuevos o existentes.
VII
Que el Reglamento Sobre el Juez Rector Civil y el Consejo Judicial Civil publicado en Gaceta Oficial No. 36.794 de fecha veinticuatro (24) de septiembre de 1999, en su artículo 3 establece como atribución del Juez Rector Civil el participar en los programas de organización del Poder Judicial en cuanto al área civil en la respectiva circunscripción judicial; e igualmente tiene el Juez Rector Civil el deber de garantizar el cumplimiento de los lineamientos de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia y de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura.
RESUELVE:
PRIMERO: El traslado de los Tribunales Primero al Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia actualmente alojados en la Sede Judicial Edificio Arauca ubicada en la Avenida Bella Vista de ésta ciudad y municipio autónomo Maracaibo, a la Planta Baja, Ala Norte de la Sede Judici
Autor:
RECTORIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Fecha de Publicación:
18/02/2015
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