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martes, 19 de enero de 2010
Parte I RESOLUCIÓN N° 0001-2010 Nuevo Uso Horario Ahorro Energético
I PARTE
 
La Rectoría de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en ejercicio de sus atribuciones que le confiere el Reglamento de Rectoría, dicta la presente resolución.

RESOLUCIÓN N° 0001-2010

CONSIDERANDO

Que el Poder Ejecutivo dictó medidas para enfrentar la situación que se presenta a nivel nacional en materia de energía eléctrica, y que los Órganos y Poderes del Estado deberán decretar un Plan de uso eficiente y de Ahorro de la Energía.

CONSIDERANDO

Que siguiendo el espíritu del manifiesto Decreto y en ejercicio del deber de actuar bajo los principios de colaboración y corresponsabilidad en la realización de los fines del Estado, a los efectos de la racionalización y reducción el consumo eléctrico en todas las dependencias del Poder Judicial en la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, éste Despacho Rector se ha propuesto adoptar las medidas destinadas a cooperar de manera efectiva con tal propósito.-

CONSIDERANDO

Que dentro del Plan Nacional de Ahorro Eléctrico, el Ejecutivo Nacional por razones de interés nacional ha exhortado a implementar un horario restringido de labores a todos los funcionarios al servicio de los organismos, instituciones y entes que integran a la Administración Pública Centralizada y Descentralizada tanto a nivel Nacional, Estadal y Municipal, así como también al servicio de cualquiera de los diversos Poderes Públicos (Ciudadano, Electoral, Legislativo y Judicial), en un lapso comprendido entre las ocho de la mañana antes meridiem (8:00 a.m.) y la una de la tarde post meridiem (1:00 p.m.).

CONSIDERANDO

Que por mandato constitucional corresponde al Poder Judicial y, a su máxima instancia, velar por la no interrupción del servicio gratuito de Administración de Justicia,

aún ante situaciones de fuerza mayor como las que nos ocupa; de manera que es su

deber insoslayable la implementación de medidas o mecanismos que hagan compatible a tales restricciones de energía con el libre acceso, atención y seguridad de los justiciables ante sus instalaciones, por lo que la Comisión Judicial del tribunal Supremo de Justicia, dictó la Resolución 2010-0001, de fecha 14 de enero del año 2010.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1.-: Todos los funcionarios que laboran en los Tribunales de la Jurisdicción del estado Nueva Esparta, en sus diferentes competencias, están obligados a cumplir y a hacer cumplir la Resolución N° 2010/0001 de fecha 14/01/2010 emanada de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia.

ARTÍCULO 2.-: Todos los jueces y juezas, en sus diferentes categorías; secretarios, secretarias, asistentes, alguaciles, coordinadores y coordinadoras, archivistas, abogados asistentes, auxiliares administrativos y cualquier otro funcionario o funcionaria que se encuentre laborando dentro de esta Circunscripción Judicial desempeñarán sus funciones en el horario comprendido de 8:00am a 1:00pm, con el apercibimiento que esta medida es temporal y generada por la situación presentada en materia de energía eléctrica, la cual deberá ser usada por todos los funcionarios y funcionarias dentro de las instalaciones judiciales de manera racional y adecuada. Queda expresamente entendido que por necesidad de servicio, los empleados de los tribunales y colaboradores inmediatos del Juez están obligados a asistir al Despacho durante el tiempo que sean requeridos por sus superiores de presentarse el caso.

Así mismo, todo el personal queda a disposición para cualquier eventualidad extraordinaria que pudiera presentarse...."

 
 
Autor:
  Rectoría de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta
 
Fecha de Publicación:
  19/01/2010
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