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miércoles, 22 de abril de 2009
TSJ AUMENTÓ CUANTÍA A JUZGADOS DE MUNICIPIOS
Resolución TSJ N° 2009-0006 de fecha 18 de marzo de 2009
"Esta decisión no tiene ningún impacto económico ni transición, ya que contamos con los Tribunales de Municipio suficientes para asumir la responsabilidad.
"Estamos seguros que dimos un gran paso y dentro de poco tiempo contaremos con una jurisdicción Civil y Mercantil, más expédita y rápida, donde predomine la oralidad y se garantice la tutela judicial efectiva"
Dra. Bettys Luna Aguilera
El Tribunal Supremo de Justicia a los efectos de seguir cumpliendo con los postulados de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y con este proceso de cambio, que vive el país, resolvió aumentar la cuantía en 3.000 Unidades Tributarias a los Juzgados de Municipio con lo cual se logra descongestionar los juzgados de Primera Instancia Civil y Mercantil y de Tránsito los cuales han experimentado en la actualidad un exceso de trabajo, así lo informó en boletín de prensa, Bettys Luna Aguilera, Jueza Rectora del estado Nueva Esparta.
Indicó que estos tribunales de Municipio atenderán los asuntos de jurisdicción voluntaria o no contenciosa, tales como inspecciones, notificaciones, evacuaciones de títulos supletorios, rectificaciones de actas y partidas, solicitudes de divorcio o separaciones de cuerpo amigables, entre otros asuntos.
Al respecto expresó " este aumento de la cuantía a los Juzgados de Municipio ha sido un gran paso que el Tribunal Supremo de Justicia en su Sala de Casación Civil ha dado, y destacó que esta decisión es muy importante ya que no tiene ningún impacto económico ni transición ya que contamos con los Tribunales de Municipio suficientes para asumir la recién decidida responsabilidad, y no tenemos que crear Tribunales para darle cumplimiento a dicha Resolución.
Explicó que con esta medida se ayuda a evitar el flagelo de la morosidad ya que con ella estamos descargando los Tribunales de Primera Instancia; estas son medidas preventivas ya que estamos seguro que dimos un paso y que dentro de poco tiempo contaremos con una Jurisdicción Civil y Mercantil, mucho más expedita y rápida en donde predomine la oralidad, donde los órganos administrados de justicia garanticen plenamente una Tutela Judicial efectiva tal como lo prevé los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Autor:
Rectoria / Dar
Fecha de Publicación:
22/04/2009
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