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jueves, 27 de junio de 2019
BOLETA DE NOTIFICACIÓN ASUNTO: OP02-L-2017-000083


PODER JUDICIAL



Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta

La Asunción, veintisiete (27) de junio de dos mil diecinueve (2019)

209º y 160º

ASUNTO: OP02-L-2017-000083

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:



SE HACE SABER: Al ciudadano ARQUIMEDES BOLÍVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-17.213.362, o en su defecto, a uno cualquiera de sus apoderados judiciales, abogados en ejercicio TIRSO JOSE DÍAZ MALAVER Y FERNANDO LUCAS DE FREITAS, inscritos en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo los Nros° 98.262 y 97.228, respectivamente, en la siguiente dirección: CALLE FAJARDO CRUCE CON CALLE MARCANO, CENTRO COMERCIAL GALERIA LA FRANCIA, PISO 2, OFICINA 36, PORLAMAR, MUNICIPIO MARIÑO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA, que con motivo de la demanda que tiene incoada usted en contra de la Sociedad mercantil INGENIERÍA Y CONSTRUCCIONES GRUPO 96 , C.A., por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, se ordenó su notificación a los fines de que tenga conocimiento de que en fecha 17-06-2019, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, declaró: Consumada la PERENCIÓN y en consecuencia, extinguida la Instancia, en la demanda intentada por el ciudadano ARQUÍMEDES RAFAEL BOLÍVAR CAÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.213.362, contra la Sociedad mercantil INGENIERÍA Y CONSTRUCCIONES GRUPO 96 , C.A., por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES., de conformidad con los artículos 201 y 202 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Por tal motivo, la referida notificación deberá ser publicada en la Cartelera de éste Circuito Judicial del Trabajo y en el Portal Web Región Nueva Esparta del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J.), por un lapso de TREINTA (30) DÍAS CALENDARIOS, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, por aplicación analógica del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el criterio sustentado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, y una vez vencido el mismo, comenzará a correr el lapso para que las partes interpongan los recursos que consideren pertinentes.

Notificación que se le hace a Ud, a los fines legales consiguientes.

LA JUEZA,







Dra. ROSANGEL MORENO SERRA.



EL NOTIFICADO_________________________________________________

LUGAR:________________________________________________________

FECHA:_________________________ HORA:_________________________



Hora de emisión: 11:09 AM

Número de Boleta: OH02BOL2019000079

RMS/aknv.-

 
Autor:
  Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta
 
Fecha de Publicación:
  27/06/2019
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