Ir a Principal
Institucionales
Noticias
Eventos
Servicios
Directorio
Enlaces
Gestión Judicial
Gestión
Audiencias
Gestión Detallada
Decisiones
Ultimas Decisiones
Por Fecha
Múltiples Criterios
Por Tribunal
Jurisprudencia
Por Fecha
Indice Temático
Múltiples Criterios
Audiencias
Foros
martes, 19 de diciembre de 2017
BOLETA DE NOTIFICACIÓN ASUNTO: OP02-R-2004-000060
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta
La Asunción, diecinueve (19) de diciembre de dos mil diecisiete (2017)
207º y 158º
ASUNTO: OP02-R-2004-000060
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER: A la ciudadana IRAIMA DEL VALLE REYES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 13.191.066, o en su defecto, a su apoderada judicial, abogada en ejercicio MIRIAM BARRIOS VALERIO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 44.371, parte demandante en el presente juicio que por COBRO DE BOLIVARES LABORAL sigue en contra de la Entidad de Trabajo TALLER ELEMENTAL DE CREATIVIDAD MINNIE Y MICKEY, expediente signado bajo el No OP02-R-2004-000060, que por auto de fecha 17-10-2017, se ordenó notificar a las partes del presente abocamiento, para que vencido el lapso de 30 días continuos por la publicación de la presente boleta en la Cartelera de este Circuito Judicial del Trabajo y en el Portal Web del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J.), región Nueva Esparta, se le fija un término de diez (10) días de despacho contados a partir de que conste en autos la última de las notificaciones, a los fines de la continuación de la causa, tal y como lo establecen los artículos 14 y 233 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente, se le advierte a las partes que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, aplicable, se dejarán transcurrir tres (3) días de despacho para que las partes puedan ejercer el derecho a la defensa para impugnar la competencia subjetiva de este Juez Superior Temporal, mediante la respectiva recusación. Ahora bien, abocado el Juez Superior Temporal al conocimiento de la presente causa, queda debidamente notificado a los fines de la prosecución de la misma, hasta su definitiva conclusión. Dicha notificación se le hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil aplicado por remisión expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el criterio sustentado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia Nro. 881, de fecha 24-04-2003, con ponencia del Magistrado JOSÉ DELGADO OCANDO. Notificación que se le hace, a los fines legales consiguientes.
El Juez Superior Temporal
Dr. FIDEL HERNÁNDEZ
Hora de emisión: 9:24 AM
Autor:
Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta
Fecha de Publicación:
19/12/2017
Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados