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miércoles, 15 de febrero de 2017
BOLETA DE NOTIFICACIÓN ASUNTO: OP02-L-2012-000045
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta

La Asunción, quince (15) de febrero de dos mil diecisiete (2017)

Años: 206º y 157º



ASUNTO: OP02-L-2012-000045



BOLETA DE NOTIFICACIÓN



SE HACE SABER: Al ciudadano ANDRES RAFAEL MARIN CHACON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.446.428, o en la persona de sus apoderados Judiciales Abogados en ejercicio ANTONIO ACOSTA, ALEJANDRO NAVARRO Y AURELIO CRISAFULLI, Inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 121.415, 144.552 y 46.088, mediante auto de esta misma fecha (15-02-2017), este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, ORDENÓ su notificación a los fines de que manifestara su INTENCIÓN PROCESAL sobre la resulta de la prueba de informe solicitada al INSPECTOR DEL TRABAJO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA en un lapso de cinco (5) días hábiles de despacho, la cual fue requerida mediante oficio Nrosº. 0727-2013 de fecha 15-10-2013 y ratificados mediante los oficios Nrosº. 0833-2013, 0387-2014, 0687-2014 y 0476-2015 de fechas 19-11-2013, 14-05-2014, 29-09-2014 y 21-07-2015, en la causa No. OP02-L-2012-000045, contentiva de la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, incoada por el ciudadano ANDRES RAFAEL MARIN CHACON, en contra de la entidad de Trabajo CONSTRUCTORA 43627, C.A. Dicha notificación deberá ser publicada en la Cartelera de éste Circuito Judicial del Trabajo y en el Portal Web del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J.), Región Nueva Esparta por un lapso de TREINTA (30) DÍAS CALENDARIOS, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, por aplicación analógica del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el criterio sustentado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia Nro. 881, de fecha 24-04-2003, con ponencia del Magistrado JOSÉ DELGADO OCANDO y una vez vencido éste, comenzará a correr el lapso concedido para que manifieste su interés procesal. En el entendido que transcurrido dicho lapso sin que las partes manifiesten su interés en el asunto, el tribunal lo declarara terminado por falta de interés procesal.

Notificación que se le hace a Ud, a los fines legales consiguientes

LA JUEZA,







Dra. ROSANGEL MORENO SERRA.

EL NOTIFICADO_________________________________________________

LUGAR:________________________________________________________

FECHA:_________________________ HORA:_________________________







 
Autor:
  Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta
 
Fecha de Publicación:
  15/02/2017
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