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viernes, 08 de mayo de 2015
ASUNTO: OP02-L-2013-000031
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano del estado Nueva Esparta
La Asunción, ocho de mayo de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: OP02-L-2013-000031
Vista la consignación negativa de fecha 05-05-15, suscrita por el ciudadano SIMON GUERRA, en su carácter de Alguacil de los Juzgados de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, donde expone: "Consigno en forma negativa boleta de notificación, librada al ciudadano JESÚS RIVERO, por cuanto me trasladé a la dirección indicada y no lo pude localizar", este Juzgado observa que no se cumplieron con las formalidades indicadas mediante auto de fecha 06-02-15, en el cual se ordenaba la notificación por medio de la Cartelera de este Tribunal y en el Portal Web del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J.), Región Nueva Esparta, por un lapso de treinta (30) días calendarios. En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, ordena librar una nueva boleta de notificación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil por aplicación analógica del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el criterio sustentado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia nro. 881, de fecha 24-04-2003, con ponencia del Magistrado JOSÉ DELGADO OCANDO, a los fines de que se cumpla con lo ordenado por este juzgado.
La Jueza.,
Dra. Gricelda Martínez Cedeño.-
La Secretaria
GMC/eg
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta
La Asunción, ocho de mayo de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: OP02-L-2013-000031
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER: Al ciudadano JESUS RIVERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula Nº V-17.848.137, domiciliado en la siguiente dirección: URBANIZACIÓN JÓVITO VILLALBA, PAMPATAR, CALLE N° 20, CASA N°01, MUNICIPIO MANEIRO DEL ESTADO NUEVA ESPARTA; que en fecha 02-07-2014, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, declaró: "PRIMERO: Consumada la PERENCIÓN y en consecuencia, extinguida la Instancia, en la demanda incoada por el ciudadano JESÚS GABRIEL RIVERO GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad número V-17.848.137, en contra de la empresa CODEMAR C.A., por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, signada con el Nº OP02-L-2013-000031, de conformidad con el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.". La presente notificación deberá ser publicada en la Cartelera de éste Circuito Judicial del Trabajo y en el Portal Web del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J.), Región Nueva Esparta por un lapso de TREINTA (30) DÍAS CALENDARIOS, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, por aplicación analógica del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el criterio sustentado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Sentencia Nro. 881, de fecha 24-04-2003, con ponencia del Magistrado JOSÉ DELGADO OCANDO. Notificación que se le hace a Ud, a los fines legales consiguientes.
LA JUEZA,
Dra. GRICELDA MARTÍNEZ CEDEÑO.
EL NOTIFICADO: ____________________________________________
LUGAR: ___________________________________________________
FECHA: _________________________ HORA: ____________________
Autor:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta
Fecha de Publicación:
08/05/2015
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