En consecuencia, conforme a lo dispuesto en la parte in fine del artículo 233 del Código de Procedimiento Civil y del 278 del Código Orgánico Tributario de 2001, en concordancia con la facultad de dirección del proceso prevista en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil y en garantía del derecho a la defensa de la contribuyente este Despacho Judicial, ACUERDA librar boleta de notificación al ciudadano OBERT BERNAL, la cual será dejada en el domicilio de la misma constituido en actas, a fin de informarle que se le concede un plazo de ocho (8) días de despacho, contados a partir de que haya constancia en actas de la entrega de la boleta previamente ordenada, para que manifieste su interés en la continuación del proceso, de lo contrario se declarará la pérdida del interés procesal por inactividad de la parte interesada. Líbrese Boleta.
La Jueza
Dra. Maria Ignacia Añez
La Secretaria
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