Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, en el Cobro de Créditos Fiscales (Juicio Ejecutivo) interpuesto por la Republica en contra de la contribuyente FERRETERÍA FERRO NORTE, C.A., DECLARA:
1.- LA FALTA DE JURISDICCION en la presente causa, contentiva de Cobro de Créditos Fiscales (Juicio Ejecutivo) incoado por los abogados Gerardo Luzardo Caldera y Carlos Velásquez Borrero, titulares de las cédulas de identidades Nros. 7.785.848 y 7.970.967, respectivamente, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 40.644 y 46.555, respectivamente, actuando en sus condiciones de Apoderados Sustitutos del Procurador General de la República contra la contribuyente FERRETERÍA FERRO NORTE, C.A., domiciliada entre las calles F y G, local Nro. 2-05, Urbanización Monte Claro, sector 18 de Octubre, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, inscrit.....