Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley, declara:
1.-. SE DECLARA la extinción de la acción por pérdida del interés procesal en el presente Recurso que se sustancia bajo el expediente Nro. 1901-17 incoado por el abogado Juan Carlos Figueroa Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 46.542, actuando en su carácter de apoderado judicial de la contribuyente "CONCRETOS Y CONTRUCCIONES FARIA, S.A", inscrita en el Registro de Información Fiscal (R.IF) bajo el Nro. J-07008920-2, domiciliada en el sector la lago, Maracaibo estado Zulia, inscrita por ante el registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el 21 de octubre de 1989, bajo el No 6. , tomo 57-A, en contra la Resolución identificada con letras y números SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2017/0047 de fecha 27 de enero de 2017, emanada de la Gerencia Regiona.....