Siendo que en fecha 13 de diciembre de 2010 el Dr. Rodolfo Antonio Luzardo Baptista, se reincorporó a sus labores como Juez Titular de éste Tribunal Superior Contencioso Tributario de la Región Zuliana, se avoca al conocimiento de la presente causa y; en consecuencia, en aras de salvaguardar el derecho a la defensa y a la igualdad entre las partes, y a fin de evitar la nulidad de los posteriores actos procesales que correspondan ejecutar en el proceso; en la obligación de impartir justicia expedita sin dilaciones indebidas, este órgano jurisdiccional tomando en cuenta su carácter de director del proceso y haciendo uso de su facultad, en aplicación a lo dispuesto en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, acuerda REPONER LA CAUSA al estado de la presentación de los Informes respectivos a que se contrae el artículo 274 del Código Orgánico Tributario a fin de que las partes expresen lo conducente en razón de la recepción del mencionado expediente administrativo.