Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, en el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la ciudadana PATRICIA MARIA URDANETA DE GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula Nro. 6.747.499, domiciliada en esta Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, representada legalmente por las abogadas asistentes Rosa Margarita García Merchán y Karla Marian Faiz Gallardo, inscritas en el INPREABOGADO bajo los Nros. 25.171 y 169.825 respectivamente, y del mismo domicilio, en contra de el Acta de Reconocimiento-Alcance distinguida con letras y números SNAT/INA/GAP/MAR/DO/UTR/2013/C-5113 y el Acta de Comiso identificada con las letras y números SNAT/INA/GAP/MAR/DO/UTR/2013/C-5113, ambas de fecha 11 de septiembre de 2013, emanados de la Aduana Principal de Maracaibo del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) , descrita como: Una (1) Camioneta Tipo Sedan, Marca Toyota, Modelo: 4 RUNNER, Año: 2011, Cuatro Puertas, Cilin.....