Por los fundamentos señalados con anterioridad, este Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ADMITE el recurso contencioso tributario interpuesto por el abogado Dario Romero Delgado, portador de la cedula de identidad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 51.623, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad de LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA COSERHOTOUR; en contra el Acta de reconocimiento signada con letras y números SNAT/INTI/GRTI/RZ7DSA/2017/01938/38/500001 de fecha 5 de enero de 2017 emana da de la Gerencia Regional de Tributos Internos del SENIAT.
No hay condenatoria en costas en razón de producirse esta desición in limine litis.