DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana, administrando justicia en nombre de la República, y por autoridad de la Ley, resuelve:
1.- PERIMIDA LA INSTANCIA y por consiguiente extinguido el presente proceso que se sustancia bajo expediente Nro. 1895-17 contentivo del recurso contencioso tributario interpuesto por el abogado DARIO ROMERO, portador de la cédula de identidad Nro. V-9.711.592 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo la matrícula Nro. 51.623, actuando en su carácter de Apoderada de la ASOCIACION COOPERATIVA COSERHOTUR III R.L., constituida a tenor de documento protocolizado en el Registro Inmobiliario del primer circuito del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, el 15 de noviembre de 2004 bajo el N° 46, Protocolo Primero, Tomo 14° e inscrito en el Registro de información Fiscal con el Nro J-31237380-6; contra la Resolución signada con letras y números .....