PRIMERO: Se CORRIGE de oficio el error material que se advirtió en la sentencia publicada por este Tribunal, en fecha 15 de octubre de 2012, en el juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, sigue el ciudadano JULIO CESAR NAVA BOSCAN, en contra de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DEL ESTADO ZULIA, razón por la que, en definitiva, se leerá en la parte dispositiva de dicho fallo, lo que sigue: "...En consecuencia, por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano JULIO CESAR NAVA BOSCAN, en contra de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DEL ESTADO ZULIA, en base al Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales. SEGUNDO: Se ordena a .....