DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción interpuesta por el ciudadano GIOVANNY ANTONIO MONTAÑO ORTEGA en contra de la Empresa CABIMAS GAS, C.A. (CABIGAS, C.A.) y GAS SUPPLY INTERNATIONAL, C.A. (GASUINT) por motivo de cobro de diferencia prestaciones sociales y otros conceptos laborales.
SEGUNDO: Se ordena a las Empresas co-demandadas cancelar al ciudadano GIOVANNY ANTONIO MONTAÑO ORTEGA la cantidad de TRES MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SEIS BOLÍVARES CON CUARENTA Y SIETE CÉNTIMOS (Bs. 3.332.206,47), por concepto de cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros derechos laborales, en base a los conceptos discriminados en la motiva de la presente sentencia y que se dan aquí por reproducidos.
TERCERO: En caso d.....