PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA INCOMPETENCIA MATERIAL, de este Juzgado para seguir conociendo de la reclamación planteada por la ciudadana MAURA JOSEFINA RIERA, actuando en su propio nombre y en representación de sus hijos JOSE ANDRES ALBORNOZ RIERA y ANTONIO JOSE ALBORNOZ RIERA, por Accidente de Trabajo, en contra de la sociedad mercantil ICONSTRUCCIONES Y SERVICIOS LA TORRE C.A. (CYSLATO).
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
TERCERO: Se ordena la remisión del presente asunto a los JUZGADOS DE PROTECCIÓN AL NIÑO Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA SEDE CABIMAS, a los fines de su conocimiento, tramitación y final decisión de.....